Este jueves entró en vigencia la ley contra el acoso sexual, la violencia y la discriminación de género en los centros de educación superior.
Las instituciones tendrán que contar entre otras cosas, con políticas integrales para abordar estas materias. Además serán consideradas para acceder u obtener la acreditación institucional otorgada por la Comisión Nacional de Acreditación (CNA).
También formará parte de los procesos que acompaña el Consejo Nacional de Educación (CNED) como el licenciamiento de nuevas IES, la supervigilancia de los CFT Estatales, entre otros. Por otra parte, el incumplimiento general de esta ley puede ser sancionado por la Superintendencia de Educación Superior (SES).
El objetivo de la ley que empujaron los movimientos feministas en 2018 es “promover políticas integrales orientadas a prevenir, investigar, sancionar y erradicar el acoso sexual, la violencia y la discriminación de género, y proteger y reparar a las víctimas con la finalidad de establecer ambientes seguros y libres de acoso sexual, violencia y discriminación de género, para todas las personas que se relacionen en comunidades académicas de educación superior, con prescindencia de su sexo, género, identidad y orientación sexual”.
Para eso, todas las instituciones señaladas en la ley deben contar con dicha política, pero además tenían que crear unidades responsables; mecanismos de apoyo; diagnóstico y campañas; procedimientos investigativos y sancionatorios, e incluir expresamente la normativa interna en los contratos de trabajo y de prestación de servicios.