En el contexto del aumento del sueldo mínimo en nuestro país, el cual sube de los $380.000 a $400.000, otro importante monto que presenta un alza es el de la pensión alimenticia mínima.
Desde hoy, una persona que gane el sueldo mínimo deberá aportar el 40% de su salario, si es que la persona tiene solo un hijo/a, en caso de tener dos o más, deberá aportar el 30% por cada uno.
Traducido a cifras, este quiere decir que deberá entregar $160.000 si tiene hija/o única/a, y, en caso de ser dos o más, el monto establecido sería de $120.000 por cada uno/a.
Para que el reajuste se vea reflejado en la pensión de alimentos, la persona debe solicitar la actualización del mismo a través de un escrito en la causa con su rut y clave única en la oficina judicial virtual.
Es necesario señalar que el reajuste anunciado, establece que la pensión de alimentos no puede exceder del 50% de los ingresos del demandado.
Esta celebrada medida se suma al comienzo del Registro Nacional de Deudores, el cual consta del enrolamiento de más de 700 instituciones privadas y pública, el oficio que da vida a la iniciativa fue firmado el pasado jueves 28 de julio por la ministra de la Mujer y la Equidad de género, Antonia Orellana y la Ministra de Justicia y Derechos Humanos Marcela Ríos.